Debido al incremento de casos por en el Perú, donde ya se han reportado 71 infestados, el presidente de la República, Martín Vizcarra, declaró Estado de Emergencia Nacional por 15 días calendario, el cual implica el aislamiento social obligatorio de la ciudadanía con el propósito de evitar más contagios por el COVID-19.

“En los últimos días el coronavirus se ha extendido a diversos países del mundo, lo que ha llevado a la OMS declararlo como pandemia (…) En el Perú tenemos 71 casos, la mayoría de los cuales son ciudadanos que estuvieron Europa, pero hay personas que contrajeron la enfermedad dentro del territorio. Sobre esta esta situación, el Gobierno ha tomado una serie de medidas ante el riesgo de que este virus pueda extenderse; es por ello que, hemos aprobado de manera unánime un decreto de estado de emergencia nacional por 15 días”, dijo en su mensaje a la Nación.

Si bien el empezará a regir desde el lunes 16 de marzo, muchos se preguntan ¿qué significa e implica aislamiento social? Para despejarte esta duda, redactamos la siguiente información.

Medidas para evitar brote de coronavirus en Perú
El presidente Vizcarra informó que el Consejo de Ministros aprobó declarar el estado de emergencia nacional por 15 días (Video: Presidencia | Foto: Pixabay)

AISLAMIENTO SOCIAL

El aislamiento social se presenta cuando una persona debe alejarse completamente de su entorno y permanecer en su domicilio de forma obligatoria. Esto significa que debe quedarse en su casa, no convocar a reuniones en su domicilio ni asistir a ningún tipo de evento o fiestas.

La vicepresidenta de la Sociedad Chilena de Infectología, Claudia Cortés, señaló a que si se disminuye “significativamente la circulación en la vía pública, es mucho más difícil transmitir el virus. Si yo estornudo voy a contagiar al menos a cuatro personas que estén alrededor mío si no tomo las medidas de precaución de taparme la boca con el brazo y lavarme las manos”.

¿QUÉ MEDIDAS SE ADOPTARÁN PARA SU CUMPLIMIENTO?

En su mensaje a la Nación, el jefe de Estado señaló que, a fin de permitir el cumplimiento del aislamiento social obligatorio, el Gobierno está adoptando una serie de medidas como:

  • La realización de la toma de muestras a domicilio a las personas que presenten sintomatología de coronavirus.
  • Fortalecimiento de la central telefónica de la Línea 113.
  • Mayores recursos para el manejo y tratamiento de residuos municipales y biocontaminados.
  • Facultar a los empleadores del sector público y privado a modificar el lugar de la prestación de los servicios de todos sus trabajadores, utilizando medios o mecanismos que lo posibilite.
La gente escucha con atención el mensaje de la Nación que declara en Estado de Emergencia Nacional por 15 días calendario (Foto: César Zamalloa)
La gente escucha con atención el mensaje de la Nación que declara en Estado de Emergencia Nacional por 15 días calendario (Foto: César Zamalloa)

OBJETIVO DEL AISLAMIENTO SOCIAL

El objetivo del aislamiento social es frenar los contagios para que los enfermos no colapsen los hospitales.

Esta medida se toma en base a lo que se ha hecho en países como China, Taiwán, Singapur, Hong Kong, donde el distanciamiento social ha reducido las posibilidades de transmisión.

Lo que en síntesis el mandatario está pidiendo a la población peruana es algo sencillo: “Quédate en tu casa”.

OTRAS RESTRICCIONES

Durante el Estado de Emergencia, quedan restringidos el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.

Se establece que las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como:

  1. Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
  2. Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  3. Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias.
  4. Retorno al lugar de residencia habitual.
  5. Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
  6. Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
  7. Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
  8. Medios de comunicación y centrales de atención telefónica.

Para ello, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas apoyarán en las labores de seguridad y para garantizar los servicios públicos.

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