La jueza fijó como reparación civil el pago de S/. 5,000.00 para la familia de la agraviada.(Foto: USI)
La jueza fijó como reparación civil el pago de S/. 5,000.00 para la familia de la agraviada.(Foto: USI)

La Corte Superior de Justicia de Lima Norte condenó a Álex Manuel Álvarez Silvera (20) a cuatro años y ocho meses de pena privativa de la libertad efectiva, por el delito de acoso sexual en agravio de la menor de iniciales F.L.L.V.

La jueza del Décimo Primer Juzgado Penal Unipersonal de Lima Norte, Inés Barrón Rodríguez, también fijó como reparación civil el pago de 5 mil soles para la familia de la agraviada.

“Se debe emitir una sanción drástica a fin de crear una conciencia social de cambio y con ello lograr evitar daños irreparables más adelante”, expresó Barrón Rodríguez durante la audiencia.

Vale precisar que en setiembre del año pasado mediante el Decreto Legislativo 1410 se incorporó el acoso (hasta 5 años de cárcel), hostigamiento y el chantaje sexual al código penal.

También se determinó que quien, sin autorización “difunde, revela, publica, cede o comercializa imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual de cualquier persona, que obtuvo con su anuencia”, será reprimido con pena privativa de libertad de hasta 5 años de prisión. La pena aumentaría hasta 6 años si el material fue difundido en redes sociales.

En comunicación con Edith Arenaza, abogada y miembro del equipo de Litigio Estratégico del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex), indicó que en caso de menores de edad, de acuerdo al decreto, la pena aumentaría hasta 8 años.

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