El Congreso de la República promulgó la ley que reconoce el trabajo de los servidores públicos en el ámbito de la salud, que velan por la atención de pacientes del , en el marco de la emergencia nacional.

Según la , publicado hoy en Normas Legales del diario El Peruano, indica que se encuentran incluidos en los alcances de la presente norma, los profesionales de la salud, el personal técnico y auxiliar asistencial y el personal administrativo que desempeña funciones directamente vinculadas con la atención de los infectados por el COVID-19.

También los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y bomberos que están vinculados a la primera línea del manejo de esta pandemia.

La ley precisa, además, que el reconocimiento es independiente del régimen laboral o la modalidad bajo la cual presentan sus servicios en los establecimientos de salud del Seguro Social de Salud (EsSalud) y de los ministerios de Salud, Interior, Defensa y Justicia.

Incluye, igualmente, a quienes laboran en el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), Ministerio Público y los gobiernos regionales y locales vinculados a la atención de pacientes de coronavirus.

¿Cuáles son los beneficios?

De acuerdo a la propuesta, los servidores públicos podrán obtener siguientes beneficios:

Reconocimiento por los servicios prestados de parte de la institución o entidad en la que trabaja.

Una bonificación de 10% sobre el puntaje total obtenido en la evaluación por concursos públicos para el acceso a plazas en las entidades del Estado, incluyendo el residentado médico y los programas de segunda especialización.

Vacuna Pfizer: Lo que se sabe sobre su efectividad contra la COVID-19
De acuerdo a un artículo publicado por la revista científica The Lancet, una primera dosis recibida por esta vacuna contra el coronavirus tendría una eficacia hasta en un 85% en dos o cuatro semanas después de su administración.

Los hijos de los servidores públicos obtendrán un porcentaje adicional en las convocatorias del concurso de la Beca Perú a cargo de .

Acceso al seguro de vida o compensación extraordinaria a que se refiere el Decreto de Urgencia 037-2020.

El Ministerio de Salud, en ejercicio de su función rectora, establece a través del reglamento de la presente ley, los criterios y condiciones para la acreditación de la labor realizada y demás elementos necesarios para la plena implementación de las disposiciones contenidas en la misma.

Los establecimientos de salud del sector público brindan atención especializada a los servidores públicos incluidos en los alcances de la presente ley, hasta la recuperación de su salud. Para tal efecto, las autoridades correspondientes presentan un plan para la atención oportuna y prioritaria del personal, garantizando la prevención con los equipos de seguridad, equipamiento, medicinas, bienes y servicios adecuados en forma inmediata.

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