El MTC recuerda que las bicimotos y motocicletas eléctricas deben circular por las vías públicas terrestres, y no por las ciclovías ni veredas. (Foto: MTC)
El MTC recuerda que las bicimotos y motocicletas eléctricas deben circular por las vías públicas terrestres, y no por las ciclovías ni veredas. (Foto: MTC)

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¿Tienes una moto o bicimoto eléctrica o estás pensando en comprarte una? Conoce los nuevos requisitos dispuestos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para poder circular con estas unidades en el país, entre ellos el SOAT, el brevete y el certificado de inspección técnica.

Al respecto, el especialista de la Asociación Peruana de Empresas de Corredores de Seguros, Guillermo Tham, explicó por qué es necesario, por ejemplo, contar con el seguro vehicular y a cuánto asciende la multa por no tenerlo.

Recordemos que este tipo de vehículos se encuentran clasificados en el Reglamento Nacional de Vehículos en la Categoría L1 (velocidad máxima de 50 km), en el caso de las bicimotos, y L3 (velocidad mayor a los 50 km) en el caso de las motocicletas.

Requisitos para motos y bicimotos eléctricas

Estos son:

  • Tarjeta de propiedad: como primer paso se debe solicitar este documento
  • Placa: también se tramita ante la Sunarp y la
  • SOAT: ya con el vehículo inscrito en la Sunarp se puede adquirir el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito en cualquier compañía de seguros.
  • Brevete de Clase B2: esta licencia de conducir B2 se puede obtener a partir de los 18 años de edad en la autoridad de transporte de su jurisdicción.
  • Certificado de Inspección Técnica Vehicular (ITV) solo para L3: solo para motocicletas eléctricas, cada cuatro años.

Guillermo Tham comentó que el primer paso será registrar el vehículo ante la Sunarp, lo que permtirá obtener la placa. Con esos documentos previos recién se puede emitir un SOAT, ya que de acuerdo al reglamento se necesita una placa para registrar una póliza.

Por qué es necesario tener el SOAT

El especialista explicó que en el caso de las motos es más urgente tener un SOAT pues ante un eventual accidente “las lesiones de las personas son mayores, en comparación cuando las personas viajan dentro de un automóvil o camioneta, que tienen mayor protección”.

Por lo tanto, subrayó que a mayor daño mayor también será el costo para las curaciones de los afectados, que pueden ser el conductor y un tercero.

Creo que allí radica la gran importancia de tener un seguro, para que tu patrimonio no sea afectado a la hora de curarte y tener que resarcir las lesiones que le haz ocasionado a otra persona con alguna de estas unidades”, enfatizó.

Sobre las sanciones para las personas que circulan sin SOAT, Tham recordó que la multa equivale al 12% de la UIT y subrayó que no tener este seguro en un eventual accidente de tránsito con lesiones, además tiene consecuencias penales. “Es un agravante no contar con un documentos obligatorio en el momento de un evento”, anotó.

Las multas

El Observatorio Nacional de Seguridad Vial del MTC informó que existen siete tipos de multas para los infractores que utilizan este tipo de vehículos. Estas oscilan entre los S/336 hasta los S/2.100.

  • Conducir sin brevete: S/ 2.100
  • No contar certificado ITV: S/ 2.100
  • Participar en competencias de velocidad no autorizadas: S/ 1.008
  • Conducir sin placa: S/ 504
  • Circular en sentido contrario: S/ 504
  • No contar con póliza de seguro (SOAT): S/ 504
  • Circular por ciclovías: S/ 336
El MTC detalla las nuevas Regulaciones de Motos y Bicimotos Eléctricas.
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Datos de interés:

El MTC exhorta a la ciudadanía a no dejarse sorprender por quienes ofrecen este tipo de vehículos señalando información inexacta sobre su uso y circulación.

Además, recuerda que las bicimotos y motocicletas deben circular por las vías públicas terrestres, y no por las ciclovías ni veredas.

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