La empresa operadora Telefónica del Perú tiene que pagar S/ 1’215.000 (300 UITs) al Estado, pues así lo dispuso Osiptel tras confirmarle la sanción por condicionar el servicio de , según resolución publicada en el Diario Oficial El Peruano.

La multa que Osiptel le impuso a Telefónica del Perú se debe a que esta empresa incumplió con las disposiciones que prohíben vender Internet ADSL condicionado a la adquisición de una línea de telefonía fija (en los llamados ‘paquetes Dúos’ o ‘Tríos’). O, en otras palabras, por no ofrecer el servicio de Internet de manera individual.

Según indica el ente regulador, que Telefónica ofrecía internet ADSL atada a un contrato de telefonía fijo (Dúos), pese a que se ordenó el desempaquetamiento en todas las modalidades de este servicio.

Además, las fiscalizaciones realizadas por el Osiptel revelaron que la empresa vendió paquetes ‘Dúos’ internet ADSL y telefonía fija, a precios menores al servicio individual de internet.

El Tribunal de Solución de Controversias consideró que dichas conductas incentivaron de forma artificial y anticompetitiva, la contratación del servicio de acceso a internet vinculado al de telefonía fija.

Además, el ente regulador constató que los asesores de venta de Telefónica no informaban adecuadamente a los usuarios, ya que negaban la posibilidad de contratar el servicio de internet ADSL de manera individual.


Asimismo en el Diario Oficial El Peruano se indica que Telefónica del Perú "no ha cumplido con efectuar las devoluciones correspondientes a sus abonados a las interrupción del año 2010, reportadas mediante 637 tickets”, por lo que la empresa será multada con 101 UIT.


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