El fiscal supremo Pedro Chávarry afronta procesos ante el Ministerio Público, el Congreso y la Junta Nacional de Justicia. (Foto: Renzo Salazar / GEC)
El fiscal supremo Pedro Chávarry afronta procesos ante el Ministerio Público, el Congreso y la Junta Nacional de Justicia. (Foto: Renzo Salazar / GEC)

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La Corte Suprema decidió rechazar la apelación que presentó el fiscal supremo Pedro Chávarry para anular la decisión que permite que siga siendo investigado por el presunto delito de encubrimiento real al haber removido a los fiscales del equipo especial Lava Jato y haber pedido información del acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht.

La Sala Penal Especial presidida por la jueza suprema Elvia Barrios e integrada por José Antonio Neyra e Iván Guerrero López declaró improcedente el recurso de nulidad que presentó Chávarry Vallejos por considerar que no se pueden volver a pronunciar sobre un proceso que ya pasó por dos instancias.

Cabe recordar que el 26 de noviembre del 2019, el juez supremo Hugo Núñez Julca aprobó le pedido de Chávarry para archivar la investigación en su contra por encubrimiento real, pero la Corte Suprema revocó esta decisión en segunda instancia.

Pedro Chávarry seguirá siendo investigado por encubrimiento real.
Pedro Chávarry seguirá siendo investigado por encubrimiento real.

La defensa del fiscal supremo había pedido que se anule la decisión de la Corte Suprema tomada a inicios de julio de este año, con la cual se dejaba sin efecto la resolución en primera instancia a favor de Chávarry.

“Esta Suprema Sala Penal se avocó, como órgano de segunda instancia, en virtud a las apelaciones interpuestas por la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y la Procuraduría Pública del Poder Judicial, contra la Resolución s/n, del 26 de noviembre de 2019, emitida por el Juzgado Supremo de Instrucción; por tanto, esta Sala en esencia revocó y reformó la decisión precedente, con lo que se cumplió el principio de la doble instancia”, se lee en la resolución.

Con esto, los magistrados consideran que una vez cumplida la doble instancia, la decisión de revocar la decisión que favorecía a Pedro Chávarry en primera instancia no puede volver a ser modificada.

“En ese contexto, al no estar previsto legalmente el recurso de nulidad para este tipo de supuestos, este órgano jurisdiccional se encuentra en la imposibilidad jurídica de concederlo”, concluye la resolución.

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