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El Instituto Peruano de Administración Municipal informó que el primero decidió no hacerlo y el segundo está impedido de realizar el cobro. En tanto, solo nueve municipios están facultados para cobrar por el estacionamiento a los veraneantes.
Quienes concurran con sus vehículos particulares a disfrutar de las playas de los distritos de San Bartolo y Barranco estarán exonerados de pagar por estacionamiento durante este año, informó hoy el Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM).
Señaló que el concejo municipal de San Bartolo - distrito que tradicionalmente cobraba por parqueo en sus playas - decidió no efectuar dicha cobranza esta vez.
En cuanto a Barranco, no puede cobrar parqueo porque no ha publicado hasta la fecha la ordenanza que hubiera aprobado su concejo municipal, y, como consecuencia de ello, carece de la ratificación correspondiente del concejo metropolitano de Lima.
Además de ambos distritos, se suman otros que no han cobrado parqueo en sus playas en los últimos años: Magdalena del Mar, San Isidro y Miraflores, a los que se une este año San Bartolo. En el Callao, tampoco cobra parqueo la municipalidad de Ventanilla.
NUEVE MUNICIPIOS SÍ COBRARÁN. El IPAM indicó que son nueve los municipios autorizados a cobrar parqueo en las playas de su litoral, tras publicarse las ordenanzas respectivas. Se trata de: Ancón, Chorrillos, Lurín, Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra, Santa Rosa y Villa El Salvador, en donde el cobro asciende a 50 céntimos de nuevo sol por cada media hora de estacionamiento.
En tanto, quienes acudan a Santa María del Mar deberán pagar un nuevo sol por similar tiempo.
El pago, en cualquiera de los casos, deberá efectuarse al abandonar el estacionamiento y no al ingresar a la playa, precisó. Sin embargo, quien estacione su vehículo en los nueve distritos por un máximo de diez minutos no está obligado a pagar ninguna de las tasas mencionadas, puntualizó.
Los residentes de Ancón, Chorrillos, Lurín, Punta Hermosa, Punta Negra y Santa Rosa que no cuenten con estacionamiento en sus casas, deberán pagar por el parqueo igual que cualquier veraneante visitante de dichas playas, indicó el IPAM.
Por su parte, en Santa María del Mar y Villa El Salvador los vecinos tendrán que empadronarse para poder estacionar sin efectuar pago alguno; mientras que en Pucusana los residentes deberán acreditar que no adeudan impuesto predial ni arbitrios a la comuna, y además abonar la suma de S/. 30.00 por concepto de calcomanías para dos autos por predio.
SANCIONES. Según las ordenanzas que aprobaron y que fueron ratificadas, los nueve distritos efectuarán acciones posteriores de cobranza a quienes abandonen el estacionamiento sin pagar, por medio de la captura de vehículos en ejecución coactiva.
"Es decir, la Policía Nacional detendrá los vehículos de los infractores en sus operativos de control de multas de tránsito, y los remitirá a los Depósitos Oficiales de Vehículos, de los cuales sus propietarios podrán retirarlos luego de pagar por el estacionamiento, más los gastos de captura y depósito", manifestó el IPAM.
Pero quienes eludieron el pago en las playas de Ancón, Lurín, Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra y Santa Rosa deberán además pagar una multa que va desde los S/. 71.00 a S/. 177.50, de acuerdo con lo señalado por cada uno de esos municipios.
En cuanto al cobro por el parqueo vehicular en playas, el especialista en derecho municipal y director del IPAM, Marco Tulio Gutiérrez, lamentó que siga vigente esta práctica, porque carece de sustento en la Ley de Tributación Municipal y sin que las autoridades competentes tomen cartas en el asunto.
"Llama la atención que ni el Ministerio Público ni el Indecopi intervengan para poner punto final a este cobro por estacionar en las playas, que no tiene sustento en la Ley de Tributación Municipal ni en ninguna norma nacional, pero que sobrevive porque tradicionalmente se ha cobrado y porque lamentablemente la Municipalidad de Lima Metropolitana la convalida anualmente con la ratificación de las ordenanzas distritales."
Consideró que por tratarse de normas legales, las ordenanzas tienen validez hasta que sean derogadas por las propias municipalidades o declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional.
En ese sentido, manifestó que es ilegal la exigencia de la municipalidad de Pucusana de cobrar a los residentes por el estacionamiento en el frontis de sus domicilios, pues dicho distrito habilitó el parqueo en calles en donde no existe comercio alguno, sino únicamente viviendas.
Agregó que es ilegal también condicionar el disfrute de un "derecho", como el de obtener la calcomanía para no pagar estacionamiento, a estar al día en los pagos de otros tributos municipales, pues cada uno de ellos debe ser cobrado, inclusive coactivamente, sin tener que relacionarlo con otro.
Fuente: Andina
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