20 de noviembre de 2009
Choferes borrachos a la cárcel
Por Tábatha Paredes
De ahora en adelante, toda persona que conduzca un vehículo en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas -aunque no cause accidentes- será sancionada con penas entre seis meses y dos años de cárcel.

Peor aún, si en este estado, el conductor atropella y provoca la muerte de personas, la pena será de hasta ocho años de prisión e inhabilitación para conducir. Así lo establece una ley que modifica e incorpora artículos al Código Penal y que ayer fue publicada en el diario 'El Peruano'. 

Según se detalla, la sanción se aplicará cuando la presencia de alcohol en la sangre supere los 0,5 gramos por litro en el caso de transporte particular, o mayor de 0,25 gramos en caso de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general.

Los que se resistan a la autoridad o la orden de hacerse un análisis de sangre serán sancionados con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de cuatro años. Las sanciones podrían ser reducidas cuando el responsable del accidente tenga entre 18 y 21 años o más de 65 años.

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