Licencia por paternidad para trabajadores públicos y privados ahora será de 10 días
Licencia por paternidad para trabajadores públicos y privados ahora será de 10 días

Regalo adelantado por el . El pleno del aprobó por mayoría el proyecto de ley que incrementa de 4 a 10 días calendarios la licencia de paternidad para los trabajadores del sector público y privado.

Así, la norma –que de la comisiones de la Mujer y Familia, así como de Trabajo– quedó exonerada de segunda votación y pasará al Poder Ejecutivo ya sea para su promulgación u observación.

De acuerdo al texto, “el inicio de la licencia de paternidad se computará desde la fecha que el trabajador lo indique, comprendida entre la fecha de nacimiento de su nuevo hijo y la fecha en que la madre o hijo sean dados de alta por el centro médico respectivo”.

Se añade que “en caso de que el hijo haya nacido prematuro o en condiciones de cuidado especial, se prolongará la licencia de paternidad con remuneración por 10 días calendarios más consecutivos”.

Asimismo, si el hijo nació con “una enfermedad degenerativa, terminal o irreversible, o con un grado de discapacidad severa”, el padre podrá tener una licencia con remuneración por 30 días calendarios consecutivos.

En caso se produzca el fallecimiento de la madre durante el parto o incapacidad sobrevenida de esta, “la licencia por paternidad se extenderá a cuenta del periodo de licencia de maternidad –pendiente de goce– no utilizada por la madre afectada”.

Como se recuerda, el pleno del Congreso aprobó en mayo pasado que la licencia por maternidad –que es de 98 días de descanso prenatal y posnatal– sea considerada como días laborados y dentro de una empresa.

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