fue multado con 150.000 euros (más de 190 mil dólares) por el organismo supervisor de Internet de por espiar a los internautas sin su consentimiento, y por el tratamiento masivo de datos con fines publicitarios sin decirlo claramente.

La Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL) de Francia indicó que Facebook “procedía a la combinación masiva de datos personales de los internautas” para utilizarlos con fines publicitarios y seleccionar un mensaje dirigido a cada uno.

El organismo francés explicó que sus investigaciones permitieron constatar que Facebook utilizaba una “cookie” (“datr”) para seguir la pista a los internautas –incluso los que no tenían una cuenta abierta con ella– sin tener su consentimiento.

Además, lo que Facebook cuenta sobre ese mecanismo “no permite a los internautas ser claramente informados y entender que sus datos son recopilados sistemáticamente cuando navegan” en otros sitios de Internet que contienen un módulo de la red social.

De forma que ese procedimiento de utilizar el “cookie” conocido como “datr” es “desleal ante la ausencia de información clara y precisa”, señaló el supervisor de Internet de Francia en sus conclusiones sobre la red social de .

La CNIL había puesto en marcha una investigación junto a las autoridades de otros cuatro países europeos (España, Bélgica, Holanda y el Estado de Hamburgo, en Alemania) después de que modificara en 2015 su política de utilización de datos.

Facebook y su filial europea (domiciliada en Irlanda) dieron “respuestas insatisfactorias” a algunas de las demandas hechas por el organismo francés en enero de 2016 para que se ajustara con la normativa del país.

En concreto, el organismo supervisor del Internet en Francia hizo notar que Facebook procede al tratamiento de datos de sus usuarios sin una base legal, que ni dan su consentimiento, ni pueden oponerse.

Además, los usuarios de la red social de Mark Zuckerberg tampoco reciben información de sus derechos ni sobre el uso que se hará de sus datos, en particular cuando rellenan el formulario de inscripción.

La CNIL se quejó de que tampoco se requiere el consentimiento expreso para la utilización por la empresa de contenidos “sensibles” que hayan incluido en su perfil, como sus opiniones políticas y religiosas o su orientación sexual.

A su parecer, desde el momento en que Facebook señala que los internautas tienen que decidir mediante los parámetros de su navegador, se les impide de forma válida oponerse a la acción de los “cookies”. (Con información de EFE)

Si te interesó lo que acabas de leer, puedes seguir nuestras últimas publicaciones por , , y puedes suscribirte a nuestro newsletter.

NOTICIAS SUGERIDAS

Contenido GEC