Estado protegerá a pacientes con Alzheimer que sufren de abandono de sus familias
Estado protegerá a pacientes con Alzheimer que sufren de abandono de sus familias

Ya no estarán solos. Según la nueva norma, publicada hoy por el Congreso de la República, los pacientes con y otras demencias recibirán atención integral del Estado en todas las etapas de la enfermedad. Incluso serán protegidos contra el abandono que sufren por parte de la familia.

La Ley para la prevención y tratamiento de la enfermedad de Alzheimer y otras demencias busca una protección integral de estos pacientes. Considera desde medidas de prevención, evaluación, diagnóstico, servicios sociales hasta investigación básica a fin de afrontar el tratamiento de dichas enfermedades en el país.

Según la norma, todo paciente con Alzheimer y otras demencias gozan de los derechos que contempla la Ley 26842, Ley General de Salud, pero además tienen otros beneficios, como cuidado preventivo, diagnóstico y cuidado progresivo, permanente e inmediato y la protección integral por parte del Estado en todas las etapas de la enfermedad, que incluye la protección contra el abandono por parte de la familia.

Los familiares directos o cuidadores, a su vez, tienen derecho a recibir información especializada, así como facilidades laborales para acompañar a los pacientes en sus consultas médicas. También deben participar en programas del sector público para fortalecer su propia salud y equilibrio biopsicosocial y emocional.

Además, el familiar o cuidador tiene derecho a solicitar a su empleador hasta una jornada laboral de permiso remunerado al año a fin de atender las necesidades del paciente. Por su parte, el implementará y actualizará el Registro Nacional de Pacientes con Enfermedad de Alzheimer y Otras Demencias para generar el sistema de información sobre este tipo de enfermedades.

En tanto, el Ejecutivo deberá formular, ejecutar y evaluar el cumplimiento de una política pública para la atención de estos pacientes y desarrollar programas de prevención. Las personas que, al momento del diagnóstico, no cuenten con afiliación a un plan de aseguramiento serán atendidas en una Institución Prestadora de Servicios de Salud pública hasta que se defina su afiliación.

tags relacionadas

NOTICIAS SUGERIDAS

Contenido GEC