Estamos a menos de dos meses de iniciarse el nuevo año escolar y los padres de familia siguen haciendo cola para conseguir una vacante para sus hijos en los colegios nacionales. Sin embargo, ellos mismos han denunciado que algunos centros educativos les obligan a realizar pagos que están fuera del alcance de sus bolsillos. Ante este problema, el  (Minedu) aclara algunas interrogantes de los padres  sobre el proceso de matrícula.

A continuación conoce cuáles son los pagos y los requisitos que los colegios pueden exigir. Asimismo sepa cómo verificar si la escuela al que asistirá el menor funciona con autorización.

1. Matrícula en los colegios públicos es gratuita y no se puede condicionar al pago previo de cuotas de Asociación de Padres de Familia (Apafa), donaciones, compra de útiles, uniforme u otros conceptos. No obstante, en caso el padre desee afiliarse a la Apafa, la cuota ordinaria anual a aportar no puede exceder los S/ 63.

2. Los requisitos son partida de nacimiento o DNI. Para el caso de estudiantes extranjeros deberá de presentar pasaporte u otro documento de identidad del menor reconocido por las autoridades migratorias competentes.

El sector aclaró que la falta de estos documentos no impide la matrícula. Se pueden presentar en un plazo de 45 días posterior al inicio del año escolar, previa firma de una declaración jurada en la cual se detallen los datos del estudiante.

3. Adicionalmente, los padres que matriculen a sus hijos en el nivel inicial deberán presentar una constancia de haber realizado el tamizaje de hemoglobina así como la cartilla de Control de Crecimiento y Desarrollo (CRED) de los menores. De no contar con estos documentos, deberán firmar un compromiso para realizar el tamizaje y obtener la cartilla en un plazo de tres meses.

4. En caso de las instituciones privadas, solo se puede cobrar por cuatro conceptos: la cuota de ingreso para alumnos nuevos; la matrícula al inicio del año escolar, que no puede exceder al monto de la pensión; la pensión de forma mensual; y las cuotas extraordinarias autorizadas por el ministerio. Estos cobros deben ser informados al momento de la matrícula.

5. El proceso de matrícula a nivel nacional se inicia al menos un mes antes del inicio del periodo lectivo y la difusión del proceso, debe comenzar dos meses antes.

La difusión implica comunicar el cronograma de matrícula y el número de vacantes por aula, incluidas las destinadas para estudiantes con algún tipo de discapacidad leve o moderada (no menor a 2 por aula).

6. La matrícula se realiza por única vez al ingreso al sistema educativo, es decir, cuando el estudiante pasa al nivel inicial o el primer grado de primaria. Luego, lo que corresponde son traslados de matrícula.

7. Durante la matrícula está prohibida cualquier práctica discriminatoria y no se puede ser condicionada a exámenes de admisión u otro tipo de evaluación directa al estudiante.

8. Los colegios privados están obligados a brindar la siguiente información antes de la matrícula: la documentación del registro que autoriza su funcionamiento; el monto, número y oportunidad de pago de las pensiones, así como los posibles aumentos; el plan curricular de cada año de estudios; los sistemas de evaluación y de control de estudiantes; el número de alumnos por aula, los servicios de apoyo al estudiante que pudieran existir; el reglamento interno; requisitos para el ingreso de nuevos alumnos, entre otros.

9. Antes de matricular a su hijo, compruebe que el colegio elegido esté registrado en la web y verifique si los datos que figuran en dicho portal (nombre del director, dirección, etc.) corresponden al colegio.

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