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MUCHO OJO. El Gobierno aprobó este jueves el monto de la bonificación extraordinaria de S/ 720 a favor del personal de la salud y personal administrativo que está al frente de la batalla contra el nuevo (COVID-19).

Mediante el publicado en El Peruano, se establece que los beneficiarios de este bono recibirán los S/720 de forma mensual durante la vigencia de la emergencia sanitaria a nivel nacional y hasta 30 días posteriores al término de la misma.

A continuación, el personal que será beneficiario con el bono:

  • Personal de salud (médicos, enfermeras, nutricionistas, psicólogos, tecnólogo médico, etc.) y administrativos del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, así como las demás entidades. También, quienes fueron confirmados de COVID-19 en el ámbito de los Gobiernos Regionales o de Lima Metropolitana.
  • Beneficiarios que prestan servicios presenciales en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19 como profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud de los establecimientos del segundo y tercer nivel de atención que intervienen en el diagnóstico, tratamiento y manejo de los casos sospechosos o confirmados con COVID-19 y que requieren ser atendidos por las diferentes unidades productoras de servicios de salud.
  • Choferes que forman parte de los Equipos de Emergencia Rápida. Asimismo, profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que realizan el manejo del cadáver en los establecimientos de salud o similares y los que integran el Equipo Humanitario de Recojo de Cadáveres.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que realiza visita domiciliaria en el primer nivel de atención y los que realizan triajes diferenciados en los establecimientos de salud de los diferentes niveles de atención;
  • Personal que realiza servicio de admisión y los que realizan el mantenimiento, limpieza, despacho y entrega de los equipos e insumos en los establecimientos de salud relacionados al COVID-19.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que forman parte del Equipo de Acompañamiento Psicosocial para el Personal de la Salud, y los que atienden en los Centros de Salud Mental Comunitarios.

La mencionada resolución señala que se encuentran excluidos como beneficiarios de la bonificación extraordinaria, el personal que ocupa cargos de confianza o directivo y el personal que realiza exclusivamente trabajo remoto.

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