| Informativo

A pocas semanas de que se lleven a cabo las Elecciones Generales del 2021, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) que se aplicarán a las personas que incumplan su deber en estos comicios.

¿Cuáles son estas multas electorales?

En la página oficial de ONPE figuran los tres tipos de multas electorales:

Multa por elector omiso:

  • Si vives en distrito no pobre: S/ 88.00
  • Si vives en distrito pobre no extremo: S/ 44.00
  • Si vives en distrito pobre extremo: S/ 22.00

El voto es obligatorio a partir de los 18 años, cumplidos el mismo día de la elección. Para los mayores de 70 años el voto es facultativo.

  • Multa por miembro de mesa omiso: si fuiste sorteado miembro de mesa (titular o suplente) y no ejerces esta función, pagarás S/ 220.00.
  • Multa por miembro de mesa y elector omiso: si no cumples con la función de miembro de mesa y no vas a votar, tendrás que pagar S/ 220.00 y la multa de elector omiso, según el distrito en el que vives. Es decir, pagarás dos multas.

¿Qué pasa si no pagas una multa?

  • No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.).
  • No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.
  • No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.
  • No podrás ser nombrado funcionario público.
  • No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.

El monto de multa por no ejercer la labor de miembro de mesa no varía según la clasificación del distrito, y en caso el ciudadano designado tampoco acuda en la segunda vuelta de las elecciones recibirá una nueva sanción por el mismo monto.


Contenido sugerido

Contenido GEC