Las se realizarán este domingo 11 de abril, día en el que millones de peruanos elegirán al presidente de la República, vicepresidentes, miembros del Congreso y del Parlamento Andino para el periodo gubernamental que irá hasta el 2026.

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Debido a que esta se desarrollará en medio de la pandemia del COVID-19 y una segunda ola contagios, se ha establecido un estricto protocolo de seguridad que tiene como objetivo proteger a todos los votantes, en especial a las personas más vulnerables.

Las elecciones generales se realizarán este 11 de abril (Foto: ONPE)
Las elecciones generales se realizarán este 11 de abril (Foto: ONPE)

Para el , un total de 25.287.954 ciudadanos están habilitados para cumplir con su deber cívico, incluidos 549.648 jóvenes que cumplieron y cumplirán 18 años entre el 11 de abrilde 2020 y el 11 de abril de 2021.

Si bien en Perú el voto es obligatorio, hay algunas personas que están exceptuadas de ir a votar. En ese sentido, dio a conocer quienes no están obligados a ejercer su voto el 11 de abril.

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ELECCIONES 2021: QUIÉNES NO ESTÁN OBLIGADOS A VOTAR ESTE DOMINGO 11 DE ABRIL

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha informado en varias oportunidades que los adultos mayores de 70 años están exonerados de votar en todo tipo de elecciones. Esto está señalado en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Elecciones.

“Los ciudadanos peruanos con derechos civiles vigentes, están obligados a votar. Para los mayores de setenta (70) años el voto es facultativo. Son ciudadanos los peruanos mayores de dieciocho años”, dice el artículo.

Es decir, mayores de 70 pueden votar si así lo desean, pero si no lo hacen, no recibirán ningún tipo de multa electoral.

Teniendo en cuenta que la jornada electoral se desarrollará en medio de la pandemia del COVID-19, la ONPE precisó que a partir de los 65 años no es obligatorio asistir a votar, ya que son personas que están en el grupo vulnerable frente al coronavirus.

Los grupos de riesgo, establecidos por la Autoridad Nacional Sanitaria, comprenden a los mayores de 65 años y a quienes sufren de enfermedades determinadas. Por ejemplo: cáncer, diabetes, hipertensión arterial no controlada, enfermedades cardiovasculares graves, pulmonares crónicas, entre otros.

También se incluye a quienes, por presentar una temperatura superior a 37.5 grados, se vean impedidos de ingresar a los centros de votación, cuyos nombres serán registrados por el personal de la ONPE.

Cabe señalar que aquellos que no asisten a sufragar porque padecen de alguna enfermedad que los hace susceptibles al contagio del COVID-19, deberán presentar una dispensa y/o justificación. Además, deberán adjuntar copia de la receta o el diagnóstico médico en el que conste que tienen dicha condición.

Para registrar una dispensa debes ingresar a la página web del Jurado Nacional de Elecciones (JNE): (). Una vez ahí, coloca los datos de tu DNI (número, código de ubigeo y grupo de votación). Luego deben completar la información que el sistema les solicitará y cargar todos los documentos sustentatorios escaneados y en formato PDF o imagen.

Asimismo, es necesario que ingresen el recibo de pago por derecho de trámite. Este pago puede cancelarse mediante el sistema del Banco de la Nación, utilizando el código 01465.

Página web del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). (Foto: JNE)
Página web del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). (Foto: JNE)

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