Cárcel en tiempo récord por flagrancia.
‘Ley de flagrancia’: ¿En qué consiste exactamente su aplicación? - 1

Varias personas, entre hombres y mujeres, han terminado en la cárcel en las últimas semanas debido a la ‘Ley de flagrancia’. Francisco Vegas Palomino, coordinador nacional de la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, explicó que esta ley permite emitir sentencias en tiempo récord contra personas que hayan sido encontradas cometiendo delitos infraganti.

Indicó que para considerar un caso en flagrancia se debe tomar en cuenta que “el intervenido sea encontrado ‘con las manos en la masa’” y “sea detenido dentro de las 24 horas de cometido el hecho delictivo”. También que “la intervención del sujeto se produzca cuando escapaba del lugar de los hechos, tras cometer el delito”.

CONDUCTORES

Agregó que, por eso, “aquellos que están acostumbrados a conducir su vehículo en estado de ebriedad (con un mínimo de 0,5 gramos de alcohol en la sangre) y además se ponen alterados cuando la policía que los interviene, deben cuidarse de los procesos de flagrancia, porque en cuestión de horas pueden terminar en la cárcel”.

Indicó que luego que la persona es intervenida por la policía, el fiscal debe proceder a investigar para presentar su acusación, pero durante ese tiempo se le ofrece al acusado acogerse a la ‘terminación anticipada’ (aceptar su responsabilidad). Si el detenido no acepta, se pasa a un proceso penal donde el juez debe emitir sentencia en un plazo de 72 horas.

CASO BUSCAGLIA

El funcionario del Ministerio de Justicia puso como ejemplo el caso de Silvana Buscaglia Zapler, quien si bien no conducía en estado en ebriedad, agredió verbal y físicamente a un policía, y su situación se agravó por negarse a ser intervenida en el aeropuerto ‘Jorge Chávez’. Le impusieron 6 años y 9 meses de prisión.

PROCESO INMEDIATO

Francisco Vegas resaltó que el proceso de flagrancia ya existía en el Código Procesal Penal del 2004, pero tomó mayor vigencia al modificarse el Decreto Legislativo 11194. Allí se dispone un ‘proceso inmediato’ o ‘proceso especial’ para los casos de flagrancia, fijándose hasta una semana para que sea resuelto.

En esta modificación se incluyó dentro de los delitos de flagrancia los de omisión de asistencia familiar y los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción.

Este decreto entró en vigencia el 29 de noviembre del 2015.

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Varias personas, entre hombres y mujeres, han terminado en la cárcel en las últimas semanas debido a la ‘Ley de flagrancia’. Francisco Vegas Palomino, coordinador nacional de la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, explicó que esta ley permite emitir sentencias en tiempo récord contra personas que hayan sido encontradas cometiendo delitos infraganti.

Indicó que para considerar un caso en flagrancia se debe tomar en cuenta que “el intervenido sea encontrado ‘con las manos en la masa’” y “sea detenido dentro de las 24 horas de cometido el hecho delictivo”. También que “la intervención del sujeto se produzca cuando escapaba del lugar de los hechos, tras cometer el delito”.

CONDUCTORES

Agregó que, por eso, “aquellos que están acostumbrados a conducir su vehículo en estado de ebriedad (con un mínimo de 0,5 gramos de alcohol en la sangre) y además se ponen alterados cuando la policía que los interviene, deben cuidarse de los procesos de flagrancia, porque en cuestión de horas pueden terminar en la cárcel”.

Indicó que luego que la persona es intervenida por la policía, el fiscal debe proceder a investigar para presentar su acusación, pero durante ese tiempo se le ofrece al acusado acogerse a la ‘terminación anticipada’ (aceptar su responsabilidad). Si el detenido no acepta, se pasa a un proceso penal donde el juez debe emitir sentencia en un plazo de 72 horas.

CASO BUSCAGLIA

El funcionario del Ministerio de Justicia puso como ejemplo el caso de Silvana Buscaglia Zapler, quien si bien no conducía en estado en ebriedad, agredió verbal y físicamente a un policía, y su situación se agravó por negarse a ser intervenida en el aeropuerto ‘Jorge Chávez’. Le impusieron 6 años y 9 meses de prisión.

PROCESO INMEDIATO

Francisco Vegas resaltó que el proceso de flagrancia ya existía en el Código Procesal Penal del 2004, pero tomó mayor vigencia al modificarse el Decreto Legislativo 11194. Allí se dispone un ‘proceso inmediato’ o ‘proceso especial’ para los casos de flagrancia, fijándose hasta una semana para que sea resuelto.

En esta modificación se incluyó dentro de los delitos de flagrancia los de omisión de asistencia familiar y los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción.

Este decreto entró en vigencia el 29 de noviembre del 2015.

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