La , a través del Concejo Municipal, aprobó por unanimidad la Ordenanza Municipal N° 2275, que promueve la protección y el bienestar de los animales en la provincia de Lima. En ese sentido, se creará el Comité Metropolitano de Protección y Bienestar Animal.

El mismo estará integrado por el alcalde de Lima o su representante, un representante de cada una de las mancomunidades de municipalidades distritales de la provincia de Lima, un representante de las asociaciones de protección y bienestar animal, y un representante de los colegios profesionales de biólogos, médicos y médicos veterinarios.

La normativa también establece la realización de estudios de identificación y operativos de fiscalización en las zonas de competencia de la municipalidad para prevenir y erradicar el comercio ilegal de especies domésticas y silvestres que no cuenten con la debida autorización de la autoridad gubernamental. Asimismo, promueve campañas orientadas a crear conciencia en la población acerca del correcto cuidado y protección de las especies animales, y la erradicación del maltrato, así como desincentivar la compra o tenencia de especies silvestres, salvo en los supuestos establecidos por ley.

La nueva normativa se da en el marco de las disposiciones de la Ley de Protección y Bienestar Animal (30407). Es necesario acotar que este estatuto complementa las disposiciones establecidas en la Ordenanza 1855, que instituye el régimen municipal de protección animal en la provincia de Lima, y con ello también se deroga la Ordenanza N°093-1995, que aprobó el reglamento de pelea de gallos a navaja.

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