La , a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó sobre el procedimiento administrativo sancionador contra los conductores por incumplir el plan ‘’, que restringe la circulación de vehículos particulares por cuatro ejes viales de acuerdo con el último número de su placa.

La fiscalización y detección de infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito (RNT) en la vía pública son funciones propias de la Policía Nacional del Perú (PNP), encargada de la imposición de las papeletas y de remitirlas al SAT para la notificación al infractor.

En los primeros cinco días hábiles se puede acceder a un 83% de descuento del monto total,S/336, es decir, dentro del plazo indicado solo pagaría S/57.12, de acuerdo con lo establecido por el Reglamento Nacional de Tránsito (RNT).

A partir del sexto día hábil hasta antes de la notificación de la resolución de sanción, el infractor cuenta con un segundo descuento, correspondiente al 67%, con el cual pagaría S/110.88. Luego de estos plazos se tendrá que cancelar el total de la infracción.

La Municipalidad de Lima advirtió que toda obligación de pago puede llegar a cobranza coactiva. En ese sentido, si el infractor suma dos o más infracciones, son pasibles de ser acumulables para luego ser cobradas por el monto total.

Del mismo modo, a través del enlace Pitazo Preventivo, una persona puede verificar el estado de un vehículo. Este servicio habilitado por el SAT de Lima cumple la función de un sistema de alerta, debido a que notifica al conductor mediante un mensaje de texto o correo electrónico cada vez que su unidad presenta una nueva papeleta para que tome las medidas correctivas del caso.

Asimismo, permite conocer si un vehículo tiene orden de captura. El servicio es totalmente gratuito, los usuarios solo deberán registrar su correo electrónico o número de celular e inmediatamente digitar la placa del vehículo.

A su vez, la División de Tránsito de la Policía recordó que la infracción G10 está referida a incumplir las disposiciones sobre el uso de las vías de tránsito rápido y/o de acceso restringido, y la G60 a la sanción a los vehículos que circulen con placas ilegibles o tengan adherido algún material que impida su lectura.

Mientras que la infracción M18 se refiere a desobedecer las indicaciones de un policía asignado al control del tránsito. Esto dependerá de la situación o infracción que se detecte al momento de la intervención y que, en cuyo caso, es impuesta por el agente.

Para más información sobre consultas y pagos, los interesados pueden ingresar a la página www.sat.gob.pe o llamar a Aló SAT: 315 2400.

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