El JEE de Lima Centro 1 indicó que “no se ha configurado omisión de la información” al no registrar expedientes judiciales puesto que la legislación electoral indica que los candidatos solo deben declarar sentencias en su contra. (Foto: GEC)
El JEE de Lima Centro 1 indicó que “no se ha configurado omisión de la información” al no registrar expedientes judiciales puesto que la legislación electoral indica que los candidatos solo deben declarar sentencias en su contra. (Foto: GEC)

| Informativo

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 emitió una resolución en la cual afirma que no hay mérito para excluir al candidato presidencial de Somos Perú Daniel Salaverry de las Elecciones Generales del 2021.

La resolución indica que si bien el fiscalizador de hoja de vida reportó que en la Corte Superior de Justica de Lima el citado candidato, registra cinco expedientes. Sin embargo, en estos, el expresidente del Congreso se encuentra en calidad de “demandado”, en trámite, archivado; entre otros.

La entidad electoral presidida por el magistrado Luis Carraco indicó, por ello, que “no se ha configurado omisión de la información” al no registrar dichos expedientes puesto que la legislación electoral indica que los candidatos solo deben declarar sentencias en su contra.

Luego de la valoración efectuada, este Colegiado considera que no se ha configurado omisión de la información por parte de la citada candidata, respecto de la relación de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos(as) por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes en el Formato Único de la declaración jurada de hoja de vida, por lo que, no existe mérito para disponer su exclusión”, se lee en el documento.

Se resuelve no haber mérito para disponer la exclusión del señor ciudadano Daniel Enrique Salaverry Villa candidato a la presidencia de la República presentada por la organización política ‘Partido Democrático Somos Perú', por las consideraciones expuestas en la presente resolución”, indicó el JEE de Lima Centro.

(Documento: JNE)
(Documento: JNE)



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