| Informativo

El juez Víctor Zúñiga Urday, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Especializado en Delitos de Crimen Organizado, sustituyó la medida de prisión preventiva por arresto domiciliario contra el exministro y exsecretario de Fuerza Popular, .

Pese a que en un primer momento, Zúñiga Urday desestimó el pedido por un principio de legalidad, indicó que “de oficio” sería estimado. Asimismo, dispuso prohibiciones y reglas de conducta para Yoshiyama Tanaka, así como el pago de una caución.

“Sustituyo de oficio la medida coercitiva de prisión preventiva por la detención domiciliaria del procesado Clemente Jaime Yoshiyama Tanaka [...] La detención domiciliaria que se está imponiendo durará hasta el 9 de setiembre del 2020 y deberá ejecutarse en el inmueble ubicado en [...] la urbanización Camacho, en La Molina”, anunció el juez.

Durante la audiencia, el abogado Humberto Abanto, quien ejerce la defensa de Jaime Yoshiyama, precisó que el pedido de variación de prisión preventiva por arresto domiciliario responde a un posible riesgo de contagio de coronavirus (COVID-19) en el penal Miguel Castro Castro.

Aseguró que su patrocinado -investigado por el presunto delito de lavado de activos en el marco del Caso Odebrecht- cuenta con un diagnóstico de diabetes, antecedentes oncológicos y aterosclerosis.

Abanto resaltó que “nunca antes” han solicitado “ni ceses ni variaciones” de la medida impuesta contra Jaime Yoshiyama, por lo que -aseguró- su pedido responde a un riesgo de su salud.

“Lo hemos pedido porque está en un establecimiento penitenciario que es uno de los más sobrepoblados de todo el sistema peruano”, dijo.

Por su parte, el fiscal José Domingo Pérez, miembro del equipo especial del Caso Lava Jato, presentó un certificado médico legal sobre el estado de salud de Jaime Yoshiyama, en cuyas conclusiones no se considera que se encuentre en estado de gravedad.

Además, señaló que un informe del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) detalla que en el penal Castro Castro se han tomado medidas a fin de proteger a los internos.

“En cada ambiente conviven entre dos y tres internos con baño y energía eléctrica […] Se preserva la higiene en todos los pabellones del penal, así como en la cocina donde se preparan los alimentos”, leyó Pérez.

Como respuesta, Humberto Abanto refirió que las enfermedades de su patrocinado no deben ser “graves e incurables” para aplicar a una variación de la prisión preventiva.

“Las enfermedades no tienen que ser graves e incurables y el propio Ministerio Público ha presentado documentación que acredita que mi patrocinado presenta enfermedades incurables”, dijo.

tags relacionadas

Contenido sugerido

Contenido GEC