El Poder Judicial dictó 36 meses de prisión preventiva contra y otros trece abogados que están siendo investigados por su participación en laudos arbitrales en los cuales fallaron a favor de la empresa presuntamente a cambio de un pago de coimas disfrazado en el pago de bonos de éxito.

“Considerando que existe peligro de fuga y, en otros, el peligro de fuga y de obstaculización, y considerando que no encuentro otras medidas que puedan resultar suficientes para perseguir este fin (de perseguir el delito), la prisión preventiva corresponde ser aplicada”, señaló el juez Jorge Luis Chávez Tamariz, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional. 

El magistrado detalló en la lectura de su resolución que se iba a pronunciar por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo específico en contra de todos los árbitros. En ese sentido, precisó que rechazaba de plano que hubiera sospecha grave de la comisión de los delitos de asociación ilícita para delinquir, colusión agravada y lavado de activos.

Sobre el presunto delito de asociación ilícita, el magistrado consideró que el Ministerio Público no había incluido pruebas suficientes que permitan establecer si es que los árbitros presuntamente beneficiados con el pago de coimas tenían su estructura propia y buscaban expandirse como tales, o si eran una parte de Odebrecht, considerada en sí como una organización criminal.

Chávez Tamariz descartó la colusión agravada por la ausencia de una pericia contable que permita establecer si es que hubo un resultado lesivo identificable, mientras que en el caso de lavado de activos, señaló que no se había podido convencer de que las adquisiciones y depósitos que hicieron los árbitros luego de recibir las supuestas coimas se hicieron con fondos ilícitos.

Luego de detallar los motivos por los cuales descartó estos tres delitos, el juez procedió a leer, caso por caso, los elementos por los cuales consideró que sí había sospecha grave de que todos los árbitros imputados por el equipo especial Lava Jato recibieron coimas de parte de Odebrecht para emitir laudos con voto unánime a favor de la constructora brasileña.

En el caso de Humberto Abanto, señaló que está acreditado que el abogado “solicitó y recibió sobornos” a través de Alejandro Álvarez Pedroza, otro árbitro con el que emitió un laudo ad hoc a favor de Odebrecht en el 2013.

“La cuestión es el soborno y para eso se tienen dos declaraciones de colaboradores eficaces que se corroboran con documentos y, sin perjuicio de eso, se cuenta con elementos adicionales”, consideró Chávez Tamariz, al recordar los testimonios que leyó la fiscalía en las audiencias de la semana pasada.

La misma sospecha grave de la comisión del delito de cohecho pasivo que sustentó contra Humberto Abanto fue señalada en el caso de otros catorce abogados. La única excepción fue Emilio Cassina Ramón, contra quien consideró que no había elementos suficientes.

Jorge Luis Chávez Tamariz también consideró que había peligro de fuga de parte de Humberto Abanto y los catorce árbitros investigados (sin contar a Emilio Cassina Ramón) y que todos los abogados investigados tenían la posibilidad de salir del país. A esto se sumó el conocimiento de que habían cometido actos ilícitos por su oficio, algo que el magistrado calificó como una “instrumentalización de la profesión” de abogado, lo que afectaba el arraigo laboral de los procesados.

Asimismo, señaló que los presuntos delitos imputados consideran penas de prisión de más de 4 años y que había posibles vínculos con organizaciones ilícitas.

En el caso de Emilio Cassina Rivas, padre de Emilio Cassina Ramón, el juez de investigación preparatoria señaló que dictó detención domiciliaria, con un plazo de cinco días para que presente el inmueble donde cumplirá esta medida. Mientras tanto, para el hijo, dictó comparecencia con restricciones.

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