¡Vacaciones por días! Gobierno aprobó reglamento que permite fraccionar tus descansos
¡Vacaciones por días! Gobierno aprobó reglamento que permite fraccionar tus descansos

, el peruano aprobó el reglamento de la ley que permite el fraccionamiento de los 30 días que comprenden las laborales para "favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar", para sector público.

Asimismo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, también publicó el que establece regulaciones del descanso vacacional remunerado para el sector privado.

PARA EL SECTOR SECTOR PÚBLICO

-El servidor debe disfrutar de su descanso vacacional en periodos no menores de siete (7) días calendario.

- El servidor cuenta con hasta siete (7) días hábiles dentro de los treinta (30) días calendario de su periodo vacacional, para fraccionarlos hasta con mínimos de media jornada ordinaria de servicio.

- El descanso mínimo de media jornada ordinaria de servicio solo es aplicable a aquellos servidores que presten servicios bajo la modalidad de jornada ordinaria de servicio.

PARA EL SECTOR PRIVADO

Los trabajadores podrán fraccionar los 30 días de goce vacacional de dos formas.

- Un primer bloque de al menos quince (15) días calendario, que se goza de forma ininterrumpida o puede distribuirse en dos periodos de los cuales uno es de al menos siete (7) días y el otro de al menos ocho (8) días calendario ininterrumpidos.

- El resto del descanso vacacional puede gozarse en periodos mínimos de un (1) día calendario.

- Las partes pueden acordar el orden en el que se goza lo señalado en los numerales precedentes.

NOTICIAS SUGERIDAS

Contenido GEC