Los rumores van y vienen tras que dejó fuera a Chile del Mundial Rusia 2018 debido a un supuesto acuerdo durante el partido de no agresión entre ambas selecciones. No obstante, La Roja se pronunció de manera oficial.

El vicepresidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), Andrés Fazio Molina, descartó de manera contundente la posibilidad de denunciar el partido entre Perú y Colombia, pese a que los medios chilenos anunciaron lo contrario.

“Es algo sin fundamentos. No se tomará ninguna medida contra Perú y Colombia. Estábamos enterados de la situación, pero sería algo absurdo presentar un reclamo ante la FIFA”, aseguró Andrés Fazio Molina, vicepresidente de la ANFP de Chile en declaraciones a Blue Radio de Colombia.

Sin embargo, medios chilenos insisten en que la FIFA podría actuar de oficio tras las imágenes del tramo final del .

Medios difundieron estas imágenes del supuesto 'arreglo de partido'

Pero en líneas generales, según lo establecido por la norma FIFA, este tipo de recursos son para casos extremos, relacionados a la corrupción o actos ilícitos, plenamente comprobados. 

6.3.2 Influencia ilícita en el curso o resultado de los partidos

"1. Todo aquel que trate de conspirar o en efecto conspire para influir en el curso o el resultado de un partido de forma contraria a la ética deportiva será sancionado con la suspensión de partidos o la prohibición de participar en toda actividad relacionada con el fútbol, así como con una multa significativa y proporcionada, independientemente de que haya cometido la infracción de esta disposición por motivos económicos, para obtener ventaja deportiva o con cualquier otro fin. En los casos graves se debería imponer la prohibición de ejercer de por vida cualquier actividad relacionada con el fútbol".

"2. Quien ayude a otra persona a cometer alguna de las infracciones del apartado 1 será sancionado de la misma manera. 3. En caso de que sea un jugador o un oficial quien influya ilícitamente en el curso o el resultado de un partido, tal como describe el apartado 1, también se podrá sancionar al club o a la asociación a la que pertenezca el jugador o el oficial. En los casos graves se podrá sancionar al infractor con la exclusión de una competición, el descenso a una categoría inferior, la sustracción de puntos y/o la devolución de premios. 4. Incluso en los casos de influencia ilícita en el partido, el resultado del mismo permanece inalterable".

Si te interesó lo que acabas de leer, puedes seguir nuestras últimas publicaciones por , , y puedes suscribirte a nuestro newsletter.

NOTICIAS SUGERIDAS

Contenido GEC