Contraer con alguien que ya está casado, no es un acto ligero e insignificante, sino un delito denominado bigamia. A diferencia del adulterio, que no es sancionado penalmente, quien incurre en la bigamia puede ir a la cárcel.

Según la ley peruana solo tiene validez el primer matrimonio. Por ello, la bigamia es considerada como un delito de falsedad ideológica por brindar datos erróneos al Estado. Además, se contempla a esa figura dentro delos matrimonios ilegales.

El bígamo o la bígama puede ir a la cárcel por un periodo que va de uno a cuatro años. Asimismo, quien contrae matrimonio con la persona casada a sabiendas de su condición puede ser privado de su libertad por un periodo que va de uno a tres años.

Además, el funcionario público que celebra el matrimonio ilegal puede ser reprimido con la pena de prisión de uno a cinco años, además de sufrir la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

¿QUÉ HACER FRENTE AL NUEVO MATRIMONIO DE TU ESPOSO?

Además de proceder una denuncia penal para que se imponga la pena señalada, puede solicitar ante un juez de familia la declaración de nulidad del segundo matrimonio y una indemnización.

OTROS EFECTOS

Si el segundo casamiento se contrajo sin conocimiento de que el otro contrayente tiene un primer matrimonio, el vínculo se disuelve bajo los mismos procedimientos de un divorcio.

Si se contrajo a sabiendas de que la pareja tiene un primer casamiento, el segundo matrimonio se declara nulo y solo surtirá efectos a favor de los hijos (de existir). Ellos siempre serán considerados como hijos matrimoniales.

tags relacionadas

NOTICIAS SUGERIDAS

Contenido GEC