La pensión de alimentos es un derecho del hijo que se alcanza a través de una sentencia judicial o conciliación entre el padre y la madre. Ese monto de dinero es fijado por un juez, teniendo en cuenta las necesidades del menor y las posibilidades del progenitor demandado. 




Si el papá trabaja en una fábrica o empresa con una remuneración por planilla, el juez puede afectar hasta el 60% de sus haberes. En la pensión de alimentos incluye, las gratificaciones de julio y diciembre, así como las utilidades que percibe de donde labora.

Si el padre trabaja en una actividad privada o mejor dicho, es independiente, el juez también le fija un monto como pensión de alimentos para su hijo. Sin embargo, a esa cantidad no se le suma las gratificaciones ni utilidades porque el papá no los percibe debido a su ocupación.

Si la madre advierte que necesitará más dinero en un mes específico o porque se celebra la promoción del colegio de su hijo, deberá conversar con el papá y llegar a un acuerdo, pero no exigir variar el monto de la pensión de alimentos.


DATOS


-Si la madre no está conforme con la pensión de alimentos que percibe cada mes de su expareja, la ley dice que puede pedir un aumento ante el juez. Él determinará si corresponde o no.

-El papá que hace caso omiso, tres meses consecutivos a la sentencia de pensión de alimentos, puede ser denunciado por la mamá y puede ser castigado con un año de cárcel.

-El padre denunciado penalmente ingresa al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) para que no sea objeto de crédito ni pueda constituir empresas.

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