El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la velocidad mínima para el acceso a internet de banda ancha, la cual se incrementa a 20 Mbps para el internet fijo y a 5 Mbps en el internet móvil.

Mediante la , que se publicó en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, se aprobó la velocidad mínima para el acceso a internet de banda ancha, lo cual permitirá promover las actividades de teleeducación, teletrabajo, telesalud, entre otras.

Adicional a ello, se incluye un parámetro de porcentaje tope de 70% entre la velocidad mínima y la velocidad contratada para ambos casos.

Según la norma, se deroga la Resolución Ministerial Nº 482-2018-MTC/01.03, que aprueba la velocidad mínima para el acceso a internet de banda ancha para internet fijo y móvil.

La normativa anterior indicaba que la velocidad mínima efectiva de descarga para banda ancha de Internet fijo y móvil es de 4 Mbps, mientras que de carga es 1 Mbps.

La resolución ministerial lleva la rúbrica del ministro de Transportes y Comunicaciones, Richard Tineo Quispe.

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