La decisión de que del 2 de enero de 2018 sea un día no laborable fue tomada en 2017 en el decreto supremo 001-2017-PCM. El 1 de enero del 2018 es lunes por lo que el primerde ese año se extenderá hasta el martes 2. ¡A alistar planes!

Este feriado es para todos los trabajadores públicos, en el caso de los privados debe tomarse en cuenta la decisión del empleador. Las horas no  trabajadas durante ese día  se devolverán cuando lo establezca el titular de cada entidad pública.

Esta es una de las primeras sorpresas del año. Junto a este feriado, los trabajadores públicos y privados podrán disfrutar de otros 14 días no laborales. Entre los que destaca el descansos largos de Semana Santa. 

En marzo, la Semana Santa empieza el jueves 29 de marzo y se prolonga hasta el primero de abril, fecha en la que celebra el Domingo de Resurección. En mayo, también se podrá descansar el primer día de ese mes por el Día del Trabajo.

En junio son declarados los días 24 y 29 por la Fiesta del Inti Raymi y el Día de San Pedro y San Pablo respectivamente. Mientras que en Julio se celebran las Fiestas Patrias los días 28 y 29 de Julio que caerán sábado y domingo.

En agosto, los católicos disfrutarán del feriado el 30 de agosto por la Festividad de Santa Rosa de Lima. En octubre, es la celebración del Combate de Angamos y por lo tanto el lunes ocho de octubre no se trabaja.

Por último, el jueves primero de noviembre se declara feriado para celebrar el Día de Todos los Santos. En diciembre, los feriados son el sábado ocho de diciembre por el Día de la Inmaculada Concepción y el martes 25 de diciembre que es Navidad.

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