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admitió a trámite la solicitud de interposición de tacha en contra del candidato presidencial y actual

La tacha presentada por el ciudadano Luis Martín Ayala Bao señala que Urresti Elera “se encontraría impedido de postular a cargo público en las Elecciones Generales 2021” debido a la sentencia por difamación agravada que pesa en su contra desde el 2017.

Cabe destacar que según el artículo 34° de la Ley Orgánica de Elecciones “están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso”.

En su resolución de admisión al trámite expedida este miércoles, la entidad electoral a cargo del magistrado Luis Carrasco indica que se ha corrido traslado al personero legal del partido Podemos Perú, José Amaya Dedios, para que en un plazo máximo de un día calendario -hasta hoy jueves 31 de diciembre- para cumpla con efectuar los descargos de ley.

El JEE Lima Centro 1 detalló, asimismo, que la tacha fue interpuesta dentro del plazo de ley y cumplió con todas las formalidades establecidas.

(Documento: JNE)
(Documento: JNE)

El 15 de agosto del 2017, Daniel Urresti fue sentenciado por el 17 Juzgado Penal de Lima “como autor del delito contra el honor difamación agravada” a Rodrigo Prada Vargas. En el mes de octubre del 2014, Urresti calificó de “inepto” al jefe de la Región Policial Sur Oriente, Rodrigo Prada Vargas, por obras inconclusas en la sede de Andahuaylas.

Prada Vargas lo denunció por difamación agravada y el proceso siguió su curso hasta que se llegó a dicha sentencia que consistió en un año de pena privativa de la libertad suspendida y una reparación civil de S/ 5,000.

Cabe destacar que esta sentencia fue ratificada en segunda instancia en abril del 2018 por la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres.

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