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, y que comprometerían al presidente . En el primero, por lo que se ha podido escuchar hasta ahora, a Palacio de Gobierno.

Si bien hasta el momento ninguna bancada del Parlamento ha planteado una moción de vacancia presidencial por este hecho, el Pleno del Congreso se ha declarado en sesión permanente para escuchar la totalidad de los audios, que según dijo el presidente del Congreso, Manuel Merino (AP), superan las dos horas de grabación.

A continuación recordamos cuál es el procedimiento establecido en la Constitución Política para plantear una vacancia presidencial:

El pedido se formula a través de una Moción de Orden del Día firmada por no menos del 20% del número legal de congresistas presentes (26 firmas). Esta debe incluir los fundamentos de hecho y de derecho en que se sustenta y los documentos que lo sustenten. Una copia de la moción se remite al presidente.

Para admitir el pedido de vacancia se necesita el voto del 40% de congresistas hábiles, es decir 52 votos. La votación de la admisión se da en la sesión siguiente.

El Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia.

Una vez aprobada la moción, el presidente, en este caso Martín Vizcarra, al igual que ocurrió con su antecesor Pedro Pablo Kuczynski, tendrá derecho a ejercer su defensa personalmente, junto a su abogado por 60 minutos como máximo.

El acuerdo de vacancia requiere una votación calificada no menor a los dos tercios (2/3) del número legal de Congresistas, es decir 87 votos.

Cabe recordar que el primer intento de vacancia contra Kuczynski fue rechazado con 78 votos a favor, 19 en contra y 21 abstenciones. Finalmente PPK renunció a la presidencia.

De aprobarse la vacancia de Vizcarra, la resolución se publica en el diario oficial El Peruano dentro de las 24 horas siguientes al acuerdo.

La resolución rige desde que es comunicado al presidente y el jefe de Consejo de Ministros. Enseguida se produce la sucesión presidencial y asume el vicepresidente. En este caso el mandatario no tiene un vicepresidente tras la renuncia de Mercedes Araoz, por lo que correspondería asumir el cargo al presidente del Congreso Manuel Merino.


¿Por qué razones se puede vacar al presidente, de acuerdo al artículo 113 de la Constitución Política?

La Presidencia de la República vaca por:

1. Muerte del presidente de la República.

2. Su permanente incapacidad moral o física declarada por el Congreso.

3. Aceptación de su renuncia por el Congreso.

4. Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado.

5. Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la Constitución.

Qué dice el artículo 117:

El Presidente de la República solo puede ser acusado, durante su período, por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.

Qué dice el artículo 134 de la Carta Magna:

El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si este ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros. El decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente.

Esto fue lo que ocurrió en setiembre del año pasado.


VIDEO RECOMENDADO: Los audios que comprometerían al presidente Vizcarra.

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