La ley que permite a los afiliados de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de sus fondos sigue en suspenso, luego que esta haya sido observada por el Ejecutivo y modificada en algunos puntos. Ahora, el Pleno deberá evaluar la propuesta del Gobierno o aprobar por insistencia la norma tal y cómo el Legislativo lo dictaminó.

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En tanto eso ocurra, los deberán aguardar la decisión final del Congreso tras su debate respectivo y así saber si accederán o no al retiro de sus fondos de pensiones. Eso sí, existen algunos escenarios posibles al respecto. Conoce a continuación las propuestas del Legislativo, la contrapropuesta del Ejecutivo y todo lo que debes saber sobre las personas que podrán retirar hasta 4 UIT.

Cabe mencionar que la norma plantea que afiliados -tanto empleados como desempleados-pueden acceder al retiro equivalente a S/ 17,600 de la cuenta individual de capitalización del aportante a la AFP; esto con el propósito de brindar un apoyo económico a este sector de la población ante la crisis generada por la pandemia del COVID-19.

La ley que permite a los afiliados de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) retirar hasta S/ 17.600 (4 UIT) de sus fondos sigue en suspenso (Foto: Andina)
La ley que permite a los afiliados de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) retirar hasta S/ 17.600 (4 UIT) de sus fondos sigue en suspenso (Foto: Andina)

QUIÉNES PODRÁN RETIRAR HASTA 4 UIT DE LA AFP

De acuerdo con el planteamiento del Congreso de la República, la ley autoriza de manera extraordinaria a todos los afiliados a la AFP a retirar de manera facultativa hasta 4 UIT (equivalentes a 17,600 soles) de sus fondos acumulados. El artículo 1 de dicha norma precisa que este beneficio “no es aplicable a quienes califiquen al régimen de jubilación anticipada por desempleo”.

Asimismo, la norma estable que el retiro se desarrollará a través de una solicitud y por única vez dentro de los 90 días calendario tras la publicación del reglamento. El desembolsó se abonará hasta una UIT cada 30 días calendario, los dos primeros pagos, y el resto en el tercer depósito. En caso de que el afiliado desee ya no retirar, puede solicitarlo diez días antes de la fecha fijada para el desembolso.

LA CONTRAPROPUESTA DEL EJECUTIVO

Sin embargo, el Poder Ejecutivo observó la ley que iba a permitir este retiro al considerar que es inconstitucional. “La autógrafa de la ley, en los términos en los que ha sido aprobada, vulnera el derecho a la seguridad social y el sistema privado de pensiones, en tanto la misma vacía de contenido las protecciones que dicho derecho prescribe, lo cual conlleva a su inconstitucionalidad”, refiere el oficio enviado al Parlamento.

La contrapropuesta del Gobierno sugiere cambios en relación a quiénes deberán acceder al retiro de los fondos, así como en la intangibilidad del dinero. De acuerdo a la respuesta del Ejecutivo, se propone que accedan al retiro de los fondos quienes no registren aportes por al menos tres meses consecutivos hasta el 30 de abril de 2021.

También ha propuesto que las retenciones judiciales aplicables de hasta un 30% por demanda de alimentos no puedan ser retiradas por los beneficiarios, pues se considera como inconstitucional. Asimismo, propone eliminar la disposición del 100% de los fondos a los mayores de 40 años que no hayan aportado por 5 años consecutivos.

El Poder Ejecutivo observó la ley que iba a permitir este retiro al considerar que es inconstitucional (Foto: Andina)
El Poder Ejecutivo observó la ley que iba a permitir este retiro al considerar que es inconstitucional (Foto: Andina)

APROBACIÓN POR INSITENCIA

Tras la observación del Gobierno, la Comisión de Economía del Congreso aprobó por insistencia la autógrafa de ley que establece el retiro. La aprobación fue por unanimidad a través del voto de los 14 integrantes de este grupo de trabajo.

No obstante, la Comisión decidió excluir de la norma la primera disposición complementaria final, que permitía a los mayores de 40 años que no aporten hace cinco años, retirar el 100% de su cuenta individual de capitalización.

Además, el grupo de trabajo eliminó el párrafo que facultaba a los beneficiarios de alguna obligación alimentaria solicitar el porcentaje que dispone la sentencia judicial de los fondos del aportante. El resto del texto de la norma permaneció intacto.

CUÁNDO SERÁ DEBATIDO

Según dio a conocer el vocero de la bancada de Somos Perú, Guillermo Aliaga, a la agencia , el Pleno del Congreso verá este jueves 6 de mayo el dictamen de insistencia que establece el retiro de hasta 17,600 soles a todos los afiliados a una AFP.

En tanto, de aprobarse la norma, el cronograma de retiro debería estar listo el día 31 de mayo. “Las personas ya podrían presentar los primeros días de junio su solicitud”, manifestó Cecilia García de Podemos Perú.

El Pleno del Congreso verá este jueves 6 de mayo el dictamen de insistencia que establece el retiro de hasta 17,600 soles a todos los afiliados a una AFP (Foto: Andina)
El Pleno del Congreso verá este jueves 6 de mayo el dictamen de insistencia que establece el retiro de hasta 17,600 soles a todos los afiliados a una AFP (Foto: Andina)


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